¿Recordáis el caso del ciudadano austríaco que fue expulsado de un avión porque había embarcado con unas raquetas, un objeto supuestamente peligroso y prohibido? Supuestamente prohibido porque el reglamento donde se especificaba qué se podía embarcar a un avión y qué no, era secreto.
Pues bien, este ciudadano acudió a la justicia y hoy el Tribunal de Justicia de la UE le ha dado la razón: una normativa secreta «carece de fuerza vinculante».
A falta de tiempo para poder escribir algo más extenso, os dejo la sentencia del Tribunal y os copio el teletipo de EFE, que ha publicado El Periódico:
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La UE, condenada por no publicar los objetos prohibidos en el equipaje de mano de los aviones
El Tribunal de Justicia de la UE ha condenado la decisión de la Comisión Europea (CE) de no publicar en su día la lista de objetos prohibidos en el equipaje de mano a bordo de un avión.
Tras la afirmación de la abogada general del tribunal en abril del 2008 de que la no publicación de la lista era «inaceptable» e instar a declarar inexistente el reglamento europeo sobre seguridad en el transporte aéreo, la CE publicó finalmente en agosto la relación de objetos prohibidos.
Raquetas de tenis
A pesar de que el reglamento subrayaba en el 2003 la necesidad de que los pasajeros estuvieran claramente informados de las normas relativas a los artículos prohibidos, la CE no llegó a publicar el anexo con las medidas hasta agosto del año pasado.
El tribunal analizó el caso de Gottfried Heinrich, un ciudadano austríaco que fue desalojado de un avión en el 2005 por subir a la cabina con raquetas de tenis, objetos prohibidos por el reglamento europeo 622/2003 y recogidos en un anexo que, en concreto, en ese momento no había sido publicado en el Diario Oficial de la UE.
Los atentados del 2001
Los jueces europeos consideran que un reglamento no tiene fuerza vinculante si no ha sido publicado en el Diario Oficial y, recuerdan, que la propia normativa comunitaria establecía la necesidad de que los viajeros tuvieran acceso a una lista donde se enumerasen los artículos prohibidos.
La normativa sobre seguridad en el transporte aéreo fue aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE a finales del 2002, dentro de la estrategia de lucha contra el terrorismo puesta en marcha tras los atentados del 11 de septiembre del 2001 en Estados Unidos.
Finalmente, la CE publicó en agosto la mayoría de las normas de seguridad aérea de la UE, incluida la lista de artículos prohibidos en el equipaje de mano a bordo de los aviones. En el texto figuran objetos afilados o puntiagudos, armas de fuego o de cualquier otro tipo o líquidos que no vayan envasados en contenedores individuales de 100 mililitros como máximo, metidos en bolsas de plástico.